• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SEBASTIAN MORALO GALLEGO
  • Nº Recurso: 3184/2024
  • Fecha: 10/12/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Consolida jurisprudencia (STS 980/2023, de 16 de noviembre (rcud 5326/2022)). La Sala IV, tras el examen de las diferentes normas denunciadas, reitera una vez más que la regla general sobre esta materia está recogida en el art. 269 de la LGSS y, haciendo especial énfasis en su apartado segundo, recuerda que, a efectos de determinar la duración de la prestación por desempleo, en función de los periodos de ocupación cotizada en los seis años anteriores "no pueden tenerse en cuenta las cotizaciones que ya hubieren sido computadas para el reconocimiento de un derecho anterior, sin que puedan tampoco computarse las que efectúe la entidad gestora o, en su caso, la empresa, durante el tiempo correspondiente al abono de la prestación". El único supuesto expresamente exceptuado de esa regla general es el de las prestaciones reconocidas en virtud de la suspensión de la relación laboral por causa de violencia de género. Por "periodo de ocupación cotizada" debe entenderse "el de trabajo y cotización. En este singular régimen jurídico hay relevantes particularidades para la prestación de desempleo covid -que claramente modifican algunas de las reglas generales en la materia-, pero que no alteran la norma que impide el cómputo de las prestaciones percibidas como tiempo cotizado que permita generar un nuevo periodo de desempleo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FELIX VICENTE AZON VILAS
  • Nº Recurso: 136/2024
  • Fecha: 10/12/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La interprestación incluida en la sentencia de instancia no es ilógica ni irrazonable, por lo que debe mantenerse su criterio en el sentido de que el comité no se atribuyó competencias que no tuviera reconocidas por cuanto de la regulación aplicable no se puede obtener de forma clara ni evidente que el comite intercentros no pudiera destinar el fondo acumulado a cubrir otras prestaciones distintas de las que ya estaban configuradas y aseguradas. Reitera doctrina contenida en STS 1054/2018, de 13 de diciembre de 2018 (rco. 87/2018).
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN MARTINEZ MOYA
  • Nº Recurso: 772/2024
  • Fecha: 10/12/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: A efectos de determinar la duración de la prestación por desempleo en función de los periodos de ocupación cotizada en los seis años anteriores, no pueden tenerse en cuenta las cotizaciones que ya hubieren sido computadas para el reconocimiento de prestaciones de desempleo como consecuencia de la suspensión del contrato de trabajo por un ERTE-Covid salvo suspensión de la relación laboral por causa de violencia de género. Reitera doctrina establecida en STS -Pleno- 980/2023, de 16 de noviembre (rcud 5326/2022 ).
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN MANUEL SAN CRISTOBAL VILLANUEVA
  • Nº Recurso: 4329/2024
  • Fecha: 10/12/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: A efectos de cuantificar el umbral de rentas que condiciona el acceso al subsidio por desempleo en el caso de terminación del contrato derivada de despido colectivo pactado, se aplica la indemnización legal, es decir, la establecida con carácter obligatorio de 20 días de salario por año de servicio, sin que pueda considerarse como tal la superior acordada. Reitera doctrina.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: MARIANO FUSTERO GALVE
  • Nº Recurso: 859/2025
  • Fecha: 09/12/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala estima el recurso, revoca la sentencia de instancia, y declara, en supuesto de pago indebido, por duplicidad, de pensión de orfandad y pensión por hijo a cargo con discapacidad, que la prescripción de la acción de revisión ejercitada por la Entidad Gestora alcanza al periodo anterior a los cuatro últimos años de percepción indebida. Inaplicabilidad de la llamada "doctrina Cakarevic" de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: JOSE ENRIQUE MORA MATEO
  • Nº Recurso: 784/2025
  • Fecha: 09/12/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso y confirma la sentencia de instancia, que estimó parcialmente demanda sobre base reguladora de pensión de jubilación, concurriendo falta de ingreso de cotizaciones por el trabajador, que estaba afiliado al Régimen de Autónomos en aquel periodo. Aunque la reclamación de esos ingresos de cuotas esté prescrita, no pueden computarse a efectos de la base reguladora como si hubieran sido abonados.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: MAITE ALEJANDRO ARANZAMENDI
  • Nº Recurso: 1607/2025
  • Fecha: 09/12/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se estima el recurso y se revoca la sentencia recurrida declarando que la contingencia de la incapacidad temporal iniciada el 30/03/2023 deriva de Enfermedad Profesional (código 2D0101 RD 1299/2006), en cuanto concurre una tendinitis de hombro izquierdo, siendo la actora camarera de pisos- personal de Limpieza, y asumiendo trabajos continuos de movimientos con los codos en posición elevada, asociándose a acciones de levantar y alcanzar; y es por ello que se concluye que el padecimiento está incluido en el cuadro de enfermedades profesionales, y las tareas desarrolladas sí son objetivamente capaces de producirlo, por lo que se aplica la presunción del artículo 157 TRLGSS, sin admitir prueba en contrario; se ha rechazado que estemos ante un accidente de trabajo al no constar lesión en el trabajo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: ELENA LUMBRERAS LACARRA
  • Nº Recurso: 803/2025
  • Fecha: 09/12/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso de la Gestora y confirma la sentencia de instancia sobre pensión vitalicia de viudedad, porque, en el caso presente, la pensión no se ha causado por la vía de la pareja de hecho, sino a través de la relación matrimonial, y, para la acreditación del período convivencial inmediatamente anterior a la celebración del matrimonio, basta con acudir a cualquiera de los medios probatorios admitidos en Derecho, no solo mediante certificado de empadronamiento.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: ANA ISABEL MOLINA CASTIELLA
  • Nº Recurso: 1824/2025
  • Fecha: 09/12/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se analiza la mejora voluntaria prevista en el Convenio Colectivo al ser declarado el trabajador en incapacidad permanente total derivada de accidente laboral. Pretende la aseguradora la responsabilidad directa de la empresa por infraseguro y la Sala estima el recurso interpretando la póliza de seguros suscrita, y en la que se reduce la responsabilidad de la aseguradora en función del número de trabajadores no declarados, disponiendo que la empresa tenía obligación de comunicar al asegurador el número de asegurados. En este caso se habían asegurado seis trabajadores y al tiempo del suceso eran ocho los operarios, por lo que la indemnización se reduce por tal motivo. Se estima la revisión de hechos suscitada por la impugnación del recurso.
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Social
  • Municipio: Vigo
  • Ponente: DIEGO JOSE DE LARA ALONSO-BURON
  • Nº Recurso: 626/2024
  • Fecha: 09/12/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia sopesa la inmediatez cronológica entre el alta en el RETA y el ingreso psiquiátrico, con un casi instantáneo lapso de un día, en la Unidad de Agudos por un acentuado cuadro de descontrol vital e inestabilidad psíquica de su trastorno de ansiedad de larga data y por el que ya estaba a seguimiento ambulatorio. Puede colegir, en sintonía con las deducciones volcadas en vía administrativa, que la única finalidad perseguida con el alta en autónomos del día 25 de mayo de 2022 era instrumental, tramada para el aprovechamiento indebido de prestaciones. No ha sido contradicha ni con las alegaciones ni con la prueba documental llevada al expediente, reducida a unos presupuestos de irrelevante trascendencia probatoria, o al pago no declarado fiscalmente de 345 euros mediante transferencia en marzo de 2022 de un puntual trabajo web, que tampoco avalaría su inclusión en el RETA conforme a los términos perfilados en el artículo 305 del TRLGSS: realización de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, de una actividad económica o profesional a título lucrativo, dé o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena.

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